Legislación/Guía sobre etiqueta electrónica (etiqueta de vino digital que utiliza códigos qr)

Requisitos de la etiqueta nutricional del vino de la UE a partir del 8 de diciembre de 2023: Guía para bodegas.

Qué establece la legislación sobre etiquetado electrónico de alimentos: Según el Reglamento europeo (UE) 2021/2117, con el fin de proporcionar un mayor nivel de información a los consumidores, las indicaciones obligatorias previstas en el artículo 119 del Reglamento (UE) nº. 1308/2013 debe incluir

  • declaración nutricional y
  • lista de ingredientes.

Sin embargo, los productores deberían tener la opción de limitar el contenido de la declaración nutricional en el paquete o en una etiqueta adherida al mismo únicamente al valor energético y hacer que la declaración nutricional completa y la lista de ingredientes estén disponibles por medios electrónicos, ya que evitan la recogida o seguimiento de datos de los usuarios y que no facilitan información con fines de promoción comercial. Sin embargo, la opción de no proporcionar una declaración nutricional completa en el paquete o en una etiqueta adjunta no debería afectar el requisito existente de que la etiqueta incluya sustancias que causan alergias o intolerancias.

Negación de responsabilidad

Este texto es una interpretación de la legislación existente y una recopilación de dictámenes legales fiables sobre la declaración nutricional y la declaración de ingredientes del vino. Obtenga asesoramiento legal de un profesional para obtener la información más actualizada. Esta información también está sujeta a cambios.

¿Cuáles son los requisitos para las indicaciones obligatorias en las etiquetas electrónicas?

Para cualquier vino vendido en la UE, se debe proporcionar:

  • Lista de ingredientes
  • Información nutricional

Atención: Si los vinos se pueden pedir directamente al consumidor final en lista de precios, folleto, tienda online, etc. (por ejemplo, a través de una tienda electrónica, por teléfono, por escrito, por correo electrónico), la lista de ingredientes y la información nutricional también deben proporcionarse en el momento de la compra.

El reglamento se aplica a los vinos producidos después del 8 de diciembre de 2023 para su venta en la UE. 

Todos los vinos con añada 2024 y posteriores deben cumplir.

Información sobre el uso de etiquetas electrónicas (códigos QR)

La lista completa de ingredientes de la tabla nutricional puede estar disponible a través de una etiqueta electrónica: un código QR en la etiqueta impresa que enlaza con una página web móvil.

Según el reglamento, existen ciertas condiciones que las etiquetas electrónicas deben cumplir

Capacidad para traducir.

Las etiquetas deben poder traducirse a los idiomas de cualquier país donde pueda vender sus productos utilizando las traducciones oficiales de la UE.

Vida útil de la etiqueta

Sus etiquetas electrónicas deben permanecer disponibles mientras se espera que el vino siga siendo apto para el consumo en condiciones de almacenamiento normal. La presencia y exactitud de la información es responsabilidad del operador de empresa de información alimentaria, de conformidad con el artículo 8, apartado 2, del Reglamento FIC.

Garantizar la privacidad

No se permite la recopilación de datos del usuario. Esto significa que no hay herramientas como Google Analytics. Enlace al informe de cumplimiento de la normativa sobre privacidad de wine-elabels.eu

Ventas y Marketing

No se permite que las etiquetas electrónicas muestren otra información relacionada con las ventas y marketing del producto.

Descargas de archivos

No debe haber descargas de archivos PDF u otros archivos para que el consumidor acceda al contenido de la etiqueta electrónica.

Sin navegación

El usuario no debe hacer clic para ir a otra página de información que no sea la de selección de idioma.

¿Qué pasa si simplemente pongo la información en mi sitio web?

Está permitido, sin embargo sólo es necesario cumplir con todas las condiciones anteriores. Para la mayoría de los productores, no es factible y/o más costoso que utilizar una solución de terceros, ya que requerirá la creación de una infraestructura de sitio web separada de su sitio web de marketing y tienda en línea.

Ventajas de los códigos QR (etiquetas electrónicas)

Los códigos QR tienen muchas ventajas:

  • En primer lugar, el código QR ofrece una solución que ahorra espacio sin comprometer el diseño de la etiqueta.
  • En segundo lugar, los códigos QR son dinámicos, lo que significa que la información detrás del código QR se puede actualizar en cualquier momento. Esto es particularmente importante ya que es común que los datos finales del vino embotellado a menudo no estén disponibles cuando se imprimen las etiquetas. Sin embargo, gracias a los códigos QR dinámicos, estos datos se pueden añadir cuando el producto sale a la venta.
  • En tercer lugar, los códigos QR también permiten una fácil integración en las tiendas online en listas de precios o folletos.

Comience con las etiquetas electrónicas

Puede crear 3 etiquetas electrónicas gratuitas hoy (no se requiere compromiso ni tarjeta de crédito)

Siga el enlace a continuación para crear 3 etiquetas electrónicas gratuitas (no se requiere compromiso ni tarjeta de crédito). 

Wine e-labels

Seleccione el registro gratuito para ingresar a la plataforma y luego seleccione el uso del servicio gratuito “GRATIS”

Este proceso lo guiará en la creación de una etiqueta electrónica compatible.

Hay siete secciones principales que deberá completar para crear la etiqueta electrónica. No todos son obligatorios. Puede completar solo la información obligatoria requerida por la regulación específica o ampliarla a información adicional como, por ejemplo, características técnicas, información de sostenibilidad, embalaje, instrucciones de reciclaje (que son necesarias para determinados mercados), representante comercial, etc.

Se recomienda crear una nueva etiqueta electrónica para cada uno:

  • nuevo producto
  • diferente volumen de producto
  • nuevo producto de cultivo

Precaución: una vez que una etiqueta electrónica está en el mercado, no debe actualizarla a menos que sea necesario corregir la información. Por ejemplo, no utilice la misma etiqueta electrónica para el nuevo cultivo simplemente actualizando la información de la etiqueta del cultivo anterior. Esto dará lugar al incumplimiento de la etiqueta antigua.

Lista de ingredientes

Utilizamos ingredientes oficiales de la UE en nuestro selector de ingredientes. La plataforma formateará su listado para cumplir con la ley. Por ejemplo aparecerán intensamente alérgenos para diferenciarlos del resto del texto de ingredientes

A la hora de elegir los ingredientes, hay que tener en cuenta algunas reglas.

Respecto a la presentación del catálogo:
  • La lista de ingredientes va precedida de un título que contiene la palabra "ingredientes".
  • La lista enumera los ingredientes en orden descendente de contenido por peso, según lo registrado en el momento de su uso en la preparación del alimento. Los ingredientes utilizados en menos de 2 % en el producto final pueden aparecer en un orden diferente después de los demás ingredientes.
  • Los ingredientes se enumeran por su denominación específica, con las excepciones previstas en el Reglamento FIC y el Reglamento Delegado (UE) 2019/33 (por ejemplo, "uvas" enumeradas como materia prima).
  • La identificación de los aditivos en la lista de ingredientes deberá realizarse por el nombre de su categoría funcional, seguido de su nombre específico o, en su caso, del número E.
  • El artículo 48 bis, apartado 5, del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 prevé la posibilidad de enumerar los aditivos pertenecientes a las categorías "reguladores de acidez" y "estabilizadores" (que sean similares) a sustituirse entre sí utilizando la expresión "contiene... y/o", seguida de un máximo de tres aditivos, cuando al menos uno de ellos esté contenido en el producto final.
  • Es obligatorio enumerar cualquier ingrediente o ayuda tecnológica (coadyuvante de procesamiento) que cause alergias o intolerancias y se utilice en la producción del producto y todavía esté presente en el producto final, incluso en una forma modificada.
  • Si se mezclan varios vinos, se recomienda enumerar todos los ingredientes utilizados en total (por ejemplo, ácido tartárico o dióxido de azufre sólo una vez en la lista).
  • Los ingredientes deben enumerarse en orden descendente de peso según se utilizaron en la preparación de la comida. Los componentes que constituyen menos del 2% del producto final pueden enumerarse en cualquier orden, después de los demás componentes.
  • Algunos aditivos utilizados como gases de envasado (dióxido de carbono, argón y nitrógeno) tienen como objetivo principal desplazar el oxígeno durante el embotellado de los productos vitivinícolas, pero no pasan a formar parte del producto consumido. En estos casos se podrá optar por añadir “Embotellado en atmósfera protectora” o “El embotellado podrá realizarse en atmósfera protectora”.

Declaración nutricional

Puedes utilizar la calculadora de energía que te proporcionamos a través de la plataforma o introducir tus propios datos manualmente.

Para calcular la energía es necesario rellenar algunos datos como porcentaje de alcohol, azúcares residuales, acidez total y glicerina. El cálculo se basa en los factores de conversión de energía oficiales del reglamento europeo.

Para los vinos con un contenido de azúcar inferior a 100 g/l (normalmente todos los vinos excepto los dulces), se permite una tolerancia de 2 g/100 ml (equivalente a 20 g/l) para la declaración de azúcar/carbohidratos.

Casi todos los vinos contienen grasas, grasas saturadas, proteínas y sal sólo en cantidades insignificantes, siempre que se sigan buenas prácticas de producción.

Tiene tres opciones para cantidades insignificantes de grasa, grasa saturada, proteína y sal. Puede ingresar "0" como valor, puede elegir la declaración "contiene cantidades insignificantes" o puede optar por mostrar una tabla simplificada para cantidades insignificantes (grasa, proteína, sal).

Puede encontrar más información sobre cantidades insignificantes en la sección 6, tabla 4 de los documentos de orientación de la UE sobre etiquetado nutricional para UE 1169/2011.

Usted es responsable de declarar valores que superen estas tolerancias, sin embargo muchas asociaciones y expertos legales afirman que los vinos estándar no requieren pruebas adicionales.

Información de embalaje

En Italia, es necesario mencionar el código de reciclaje del material en el embalaje y proporcionar las instrucciones de recogida de residuos de acuerdo con Decreto legalivo del 3 de abril de 2006, n. 152 .  

Esto se puede hacer íntegramente a través de la etiqueta electrónica buscando y seleccionando los materiales que utiliza.

Etiqueta de vino natural

Debes agregar tres elementos a tu contraetiqueta:

  • La energía en kj y kcal en la forma: 100 mL: E= XXX kJ/ XXX kcal. Es importante no utilizar letras mayúsculas al escribir kJ y kcal.
  • La presentación de un código QR debe ser clara para los consumidores en cuanto a su contenido, es decir, la información obligatoria presentada por medios electrónicos. Las indicaciones o símbolos generales (como "i") no son suficientes para cumplir los requisitos de esta disposición. Como se establece en el artículo 18, apartado 1, del Reglamento FIC, se debe utilizar un encabezado (texto) junto al código QR que indique claramente el propósito del código QR. Este texto debe contener la palabra 'Ingredientes'. Las sugerencias son utilizar las expresiones: "componentes" el "ingredientes y valores nutricionales" el "ingredientes/valores nutricionales". La expresion "componentes" Puede escribirse en cualquier idioma de la UE; sin embargo, si la etiqueta está en inglés, sería mejor escribirla en inglés como "ingredientes".
  • Cuando la declaración nutricional y/o la lista de ingredientes se proporcionen por medios electrónicos, el enlace (código QR o código similar) a la declaración nutricional y/o la lista de ingredientes debe presentarse en la etiqueta en el mismo campo visual que la otras indicaciones obligatorias
  • Cuando la lista completa de ingredientes se proporcione por medios electrónicos, las sustancias que causan alergias o intolerancias deben presentarse en el paquete o en la etiqueta adherida, pero no necesariamente en el mismo campo visual que otra información obligatoria (la excepción al artículo 40). 2) del 'Reglamento (UE) 2019/33 autorización).

El código QR.

  • Tamaño: Según los estándares internacionales (ISO/IEC 15415) el código QR debe tener al menos 11,49 mm x 11,49 mm. Luego debería haber un margen vacío para llevar el tamaño total a 14,66 x 14,66 mm.
  • Debe tener alto contraste, idealmente negro sobre blanco.
  • Puedes tener dos códigos QR, uno para marketing, pero no debe haber confusión sobre cuál es cuál.

Para todos los productos vitivinícolas que hayan sido sometidos a un tratamiento de eliminación de alcohol y tengan un grado alcohólico volumétrico adquirido inferior a 10%, corresponde indicar en la etiqueta física la fecha de durabilidad mínima.

Información útil:

Legislación vitivinícola: indicaciones obligatorias de productos vitivinícolas basadas en la legislación de la UE y la legislación nacional

Valores típicos de grasas, proteínas y sal en la declaración nutricional de los vinos

Preguntas frecuentes (FAQ)

Referencias:

(UE) 1169/2011Reglamento (UE) nº 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor y por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 1924/2006 y (CE) nº 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan la Directiva 87/250/CEE de la Comisión, la Directiva 90/496/CEE del Consejo, la Directiva 1999/10/CE de la Comisión, la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/67/CE y 2008/5/CE de la Comisión y el Reglamento (CE) nº 608/2004 de la Comisión (Texto pertinente a efectos del EEE)Texto pertinente a efectos del EEE.
(UE) 2021/2117Reglamento (UE) 2021/2117 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, que modifica los Reglamentos (UE) n.º 1308/2013, por el que se crea una organización común de mercados de los productos agrícolas, (UE) n.º 1151/2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, (UE) n.º 251/2014, relativo a la definición, designación, presentación, etiquetado y protección de la indicación geográfica de los productos vitivinícolas aromatizados, y (UE) n.º 228/2013, por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión.
(UE) 1308/2013Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea una organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) nº 922/72, (CEE) nº 234/79, (CE) nº 1037/2001 y (CE) nº 1234/2007 del Consejo.
(UE) 2019/33Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión, de 17 de octubre de 2018, por el que se completa el Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a las solicitudes de protección de las denominaciones de origen, las indicaciones geográficas y los términos tradicionales en el sector vitivinícola, el procedimiento de oposición, las restricciones de uso, las modificaciones de los pliegos de condiciones, la anulación de la protección, y el etiquetado y la presentación
(UE) 2019/934Reglamento Delegado (UE) 2019/934 de la Comisión, de 12 de marzo de 2019, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las superficies vitícolas en las que puede aumentarse el grado alcohólico, las prácticas enológicas autorizadas y las restricciones aplicables a la producción y conservación de los productos vitícolas, el porcentaje mínimo de alcohol de los subproductos y su eliminación, y la publicación de los expedientes de la OIV
(UE) 2023/1606Reglamento Delegado (UE) 2023/1606 de la Comisión, de 30 de mayo de 2023, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2019/33 en lo que respecta a determinadas disposiciones sobre las denominaciones de origen protegidas y las indicaciones geográficas protegidas de los vinos y a la presentación de las indicaciones obligatorias de los productos vitivinícolas y a las normas específicas para la indicación y designación de los ingredientes de los productos vitivinícolas, y el Reglamento Delegado (UE) 2018/273 en lo que respecta a la certificación de los productos vitivinícolas importados.
C 2023/1190Comunicación de la Comisión - Preguntas y respuestas sobre la aplicación de las nuevas disposiciones de la UE en materia de etiquetado del vino a raíz de la modificación del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo y del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión
CIRCULAR DEL MINISTERIO DE HACIENDA 21-6-2024Asunto: Nuevo etiquetado del vino: declaración nutricional y lista de ingredientes
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